El Supremo admite el recurso del dueño de un bungalow, en un Complejo sin explotador, por la negativa de Turismo Gran Canaria como vivienda vacacional
La Plataforma de Afectados por la Ley Turística ha hecho público que el Tribunal Supremo, después de 30 años de su aprobación, «examinará si el principio de unidad de explotación está o no justificado«. Es decir, si el único modelo de comercialización turística de apartamentos y bungalows deba serlo de explotación conjunta y unitaria o si la prohibición del vacacional individual en un apartamento o bungalow es una limitación injustificada a la libre prestación de servicios turísticos.
Maribe Doreste: «Llegó la hora»
Para Maribe Doreste, presidenta de la PALT, que contra viento y marea ha acompañado a muchos propietarios en este periplo de incomprensión, ha subrayado al respecto que «es un triunfo porque, por fin, se cuestiona el principio de unidad de explotación que como un caballo de Troya ha servido para perseguir a los legítimos propietarios de apartamentos y bungalows.
Asimismo ha señalado que «De la mano del principio de unidad de explotación se argumenta que los Edificios de apartamentos y los Complejos de bungalows son establecimientos turísticos, como si fueran hoteles, que no lo son ni se le parecen, que los apartamentos y bungalows son unidades alojativas y no viviendas, que su comercialización es obligatoria, quiera o no el propietario, y que además debe hacerse conjuntamente a través de un único explotador
Finalmente Maribe Doreste ha subrayado que «El modelo turístico extrahotelero basado en la unidad de explotación ya sólo se utiliza para enfrentar a los propietarios en los Complejos» y «para negar artificialmente el derecho de propiedad y la libertad de empresa tiene los días contados«.
El Complejo de referencia es el denominado «Tisalaya Park«, ubicado en el Campo Internacional de San Bartolomé de Tirajana.

Muy buena noticia.
A ver si Jessica de León y sus secuaces se atreven a decir algo.
Apuesto lo que quieran a que no van a abrir la boca.