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SBT acreditará el uso residencial en el litoral mediante certificado

Urbanismo lleva a pleno una ordenanza histórica para fijar los derechos de las viviendas según el PGOU y la Ley del Suelo

La Concejalía de Urbanimo de San Bartolomé de Tirajana llevará el jueves al pleno la ordenanza municipal destinada a dar seguridad jurídica a los propietarios de apartamentos y bungalós de uso residencial en la zona turística litoral del municipio. La iniciativa supone un paso para dar respuesta a una reivindicación histórica de los afectados y aclarar una situación que durante décadas ha generado incertidumbre entre numerosas familias.

Marichal, ha destacado que es el resultado de años de trabajo para encontrar una respuesta municipal a una problemática compleja, marcada por cambios legislativos y diferentes interpretaciones sobre el uso residencial en las zonas turísticas. En este sentido ha señalado que “han sido años de dificultades, obstáculos y mucho trabajo, pero no hemos renunciado a nuestro compromiso con los vecinos». También que «Llevamos al pleno una respuesta concreta a una reivindicación histórica. Hemos trabajado para que quienes llevan décadas residiendo en sus viviendas puedan conocer y acreditar los derechos que les corresponden”.

También ha dejado constancia de que “Detrás de esta situación hay vecinos que llevan muchos años esperando respuestas. Nuestra responsabilidad es afrontar ese problema y utilizar las herramientas que tenemos desde el Ayuntamiento para aportar soluciones”, ha añadido.

Definición del marco legal conforme al PGOU de 1996 y la Ley del Suelo

La nueva regulación municipal tiene como objetivo identificar las situaciones jurídicas de los usos residenciales en la zona turística litoral y determinar el régimen aplicable a cada uno, conforme a la legislación urbanística y turística.

Para ello establece diferentes supuestos en función de la antigüedad del uso residencial, su autorización y las disposiciones legales vigentes en cada momento. Las principales referencias son el Plan General de Ordenación Urbana de 1996, la Ley de Renovación y Modernización Turística de Canarias de 2013 y la Ley del Suelo de Canarias de 2017.

Davinia Ramírez ha explicado que “esta ordenanza reconoce una realidad: muchos apartamentos y bungalós se utilizan como viviendas desde hace décadas», que «ahora establecemos unas reglas claras para determinar qué situación legal corresponde a cada inmueble y cuáles son los derechos de sus propietarios” y que “es fundamental determinar cuándo comenzó su uso residencial, si contaba con autorización y qué legislación le resulta aplicable».

La ordenanza contempla las situaciones de consolidación previstas en la legislación del suelo y el tratamiento aplicable a los usos existentes antes del 1 de enero de 2017, cuando se lleve a cabo la futura especialización urbanística.

Certificado municipal para acreditar los derechos de los dueños

Entre las medidas de la ordenanza destaca la posibilidad de que los propietarios soliciten al Ayuntamiento un certificado que identifique la situación jurídica del uso residencial de sus apartamentos o bungalós. Los servicios municipales podrán examinar documentación como escrituras de propiedad, licencias, información registral y catastral, antecedentes administrativos, empadronamientos, contratos o datos de suministros, entre otros medios que permitan acreditar el uso residencial del inmueble.

La ordenanza establece un plazo de un mes para la emisión de estas certificaciones desde su solicitud, conforme al procedimiento previsto.

Alejandro Marichal destaca que “damos un paso decisivo para que nuestros vecinos puedan dejar atrás años de incertidumbre y mirar al futuro con mayor tranquilidad» y que «defender sus derechos no es solo una promesa, es un compromiso que se demuestra con hechos».

4 comentarios en “SBT acreditará el uso residencial en el litoral mediante certificado”

  1. Es un paso importante que el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana intente por fin reconocer los usos residenciales existentes y ofrecer mayor seguridad jurídica a los propietarios.

    Pero hay algo que debe quedar muy claro: los derechos de propiedad no pueden depender de si alguien compró su vivienda antes o después del 1 de enero de 2017. Quien ha adquirido legalmente una casa o un bungalow no debe perder derechos simplemente porque haya cambiado el propietario.

    Hemos comprado nuestras viviendas para disfrutarlas de forma privada, no para que nos obliguen a desarrollar una actividad turística ni a integrarnos en una empresa explotadora.

    Un uso residencial legalmente reconocido debe mantenerse también en caso de venta, herencia o cambio de propietario.

    La nueva ordenanza no debe crear propietarios de primera y de segunda categoría.

    Necesitamos un reconocimiento permanente de nuestro derecho al uso residencial, no excepciones temporales ni un uso residencial destinado a extinguirse.

    ¡La propiedad debe seguir siendo propiedad, independientemente de la fecha de compra!

  2. El jueves iremos a Tunte con fotógrafo y notario para dejar constancia del voto de cada concejal ante la propuesta del Sr. Marichal.
    Cara a las elecciones municipales del 2027, veremos como han quedado retratados cada uno de ellos.
    «Ojo al Cristo que es de plata»

  3. Was ist mit den Käufern einer Immobilie, die nach dem 01. Januar 2017 gekauft haben? Bleiben diese Leuten auf der Strecke? Haben die schon verloren?

    1. Juan De la Cruz

      TRADUCCION: ¿Qué ocurre con los compradores de inmuebles que hayan comprado después del 1 de enero de 2017? ¿Se quedan estos compradores en la estacada? ¿Ya han salido perdiendo?

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