La medida entra en vigor el sábado, a las 10:00 horas, y afecta a zonas por encima de los 400 metros en el sur y 600 metros en el norte
El Cabildo, a través de la Dirección del Plan de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de Gran Canaria, ha declarado la situación de alerta por riesgo de incendios forestales, que entrará en vigor el sábado, a las 10:00 horas.
La decisión se adopta teniendo en cuenta la predicción de la Agencia Estatal de Meteorología, la actualización de la situación de alerta por riesgo de incendios forestales declarada por la Dirección General de Emergencias y el estado actual de Gran Canaria.
La alerta afecta a las zonas situadas por encima de los 600 metros sobre el nivel del mar en la vertiente norte y de los 400 metros en la vertiente sur de la isla.
Ante esta situación se recuerda a la ciudadanía la necesidad de extremar las precauciones y respetar estrictamente las medidas establecidas para reducir al máximo el riesgo de que se produzca un incendio forestal.
Restricciones vigentes
Mientras permanezca activa la situación de alerta, queda prohibido encender fuego en todo tipo de espacios abiertos, incluido su uso en áreas recreativas, zonas de acampada, albergues y zonas de descanso de la red de carreteras, tanto en los lugares habilitados para ello como mediante cualquier sistema portátil.
Asimismo, se prohíbe el acceso rodado por la GC-216, excepto para vecinos y servicios públicos, así como el uso de la Zona de Acampada de Llanos de la Mimbre y del Área Recreativa de Tamadaba.
Prohibición de quemas agrícolas, pirotecnia y maquinaria en montes
También quedan suspendidas temporalmente todas las autorizaciones concedidas para quemas agrícolas o forestales, incluidas las de rastrojos, pastos permanentes, restos de poda y restos selvícolas.
La declaración prohíbe igualmente la introducción y utilización de material pirotécnico, así como el uso de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de estos cuando su funcionamiento pueda generar deflagraciones, chispas o descargas eléctricas. Se prohíben además la actividad de carboneo y el uso del fuego en la apicultura.
Restricciones de tránsito en senderos y excepciones para residentes
En cuanto al acceso y tránsito, queda prohibido circular por montes y terrenos forestales, incluidas pistas y senderos, salvo para residentes, servicios públicos, personal de vigilancia, prevención y extinción de incendios y para la actividad de pastoreo. Esta restricción no se aplica a los terrenos colindantes situados a menos de un kilómetro del suelo urbano, de acuerdo con la cartografía establecida por la Consejería.
Se prohíbe asimismo arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier otro material susceptible de originar un incendio y se mantiene la suspensión temporal de la actividad cinegética en toda Gran Canaria.
FASE 7 · ETIQUETAS
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