Onalia Bueno y Vidina Cabrera solicitan al Cabildo de Gran Canaria actuar ante el caso de Juan Manuel Gabella, director insular de Industria y Comercio, por considerar que está en situación de incompatibilidad y por el incumplimiento de su obligación de declarar causas de posible incompatibilidad.
La alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno, y la consejera del Cabildo de Gran Canaria por Coalición Canaria, Vidina Cabrera, han expuesto la supuesta incompatibilidad de alto cargo de Juan Manuel Gabella, actual director general de Industria y Comercio del Cabildo de Gran Canaria, con el puesto de concejal del Ayuntamiento de Mogán por Nueva Canarias, que ostenta desde junio de 2023. Asimismo, Cabrera ha cuestionado la irregularidad de su nombramiento y el de otros directores insulares, muchos de estos casos ya denunciados y con sentencias que reconocen la ilegalidad del procedimiento.

En este sentido se han referido a la Ley 3/1997, de 8 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno y Altos Cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que reza en su artículo 3: «Los altos cargos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley ejercerán sus funciones con dedicación absoluta, siendo su cargo incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública que no derive de su ejercicio«.
Además, la citada ley hace referencia a que altos cargos como el de Gabella «precisan del régimen de incompatibilidades más exigentes>>, ya que requieren una mayor dedicación y <<su imparcialidad y neutralidad resultan esenciales en el ejercicio de garantías al ciudadano frente a la actuación de los poderes públicos». En este sentido, Bueno y Cabrera han puesto en duda el grado de imparcialidad y neutralidad que se puede ejercer desde una posición política en la que tanto la Administración pública en cuestión como la ciudadanía pueden verse afectadas por las decisiones que se tomen.
La consejera Cabrera ya solicitó con carácter formal al Cabildo un informe que especificara si es o no compatible el ejercicio del puesto de director insular de Gabella con el de concejal. En el documento remitido tan solo unas semanas desde la Consejería de Administración Pública y Transparencia se hace alusión al apartado 6 de la ley que se refiere a las compatibilidades de cargos con actividades públicas, concretamente al punto 1.a) que señala como posible «Ostentar los cargos que con carácter legal o institucional les correspondan o para los que fueran designados por su propia condición».
La alcaldesa Bueno considera que para justificar la supuesta incompatibilidad se realiza una interpretación “muy forzada” de la ley, al mismo tiempo que señala que si la normativa quisiera hacer una distinción o considerar compatibles aquellos puestos que se pudieran llegar a ostentar por la condición de ciudadano, no por ser alto cargo, ésta normativa lo hubiera indicado de forma clara y específica. “Le buscan la vuelta a la ley para aplicarla a su medida y esto no se puede consentir”, dijo.
La normativa no distingue entre la condición de ciudadano y de alto cargo, y por tanto, deja claro que las actividades públicas compatibles son aquellas que se deriven de la propia condición de alto cargo, y estas en ningún caso tienen relación con el puesto de concejal en una Administración local.
En este sentido la alcaldesa de Mogán ha señalado que «Gabella tiene el valor luego de acudir a las sesiones plenarias predicando conocer al dedillo el Reglamento Orgánico Municipal y cuantas leyes le parezcan, rebatiendo sin razón procedimientos, a los técnicos e incluso al propio Secretario con tal de obstaculizar la actividad del Ayuntamiento de Mogán”, recalcando que “no conforme con todo esto, tampoco ha presentado su declaración de posible incompatibilidad ante el Cabildo”.
Juan Manuela Gabella forma parte de la Corporación local del Consistorio moganero como concejal de NC-BC en la oposición desde el pasado mes de junio, fecha desde la incumple la obligación de formular declaración sobre causas de posible incompatibilidad que recoge el artículo del 10 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Cabildo grancanario.
Aunque esto último no se penaliza, el hecho de incurrir en una causa de incompatibilidad sí que supone la comisión de una falta que pudiera ser considerada grave o muy grave, tal y como recoge el artículo 15.1 de la Ley 3/1997. Esta infracción conlleva la sanción de cese en el cargo y además, no poder ser nombrado para otro en un plazo de hasta tres años.
Al respecto Vidina Cabrera subrayó: “Tenemos por escrito la respuesta de la consejera de Función Pública, Margarita González señalando que no les consta que el señor Gabella haya solicitado la compatibilidad siendo esto una irregularidad que podría ser una falta grave«.